La Audiencia de Valencia ha confirmado las penas de dos años de prisión impuestas a cuatro enfermeras, responsables de un quirófano de urgencias del Hospital Clínico de la ciudad, que se ausentaron a la vez para comer fuera del centro y generaron un retraso en una cesárea que le causó parálisis cerebral al bebé.
El fallo, dictado por la Sección Quinta, confirma la sentencia de primera instancia y subraya que, si las enfermeras "hubieran estado disponibles para llevar a cabo su trabajo", la cesárea se habría practicado unos "seis minutos antes", circunstancia que habría "evitado el sufrimiento fetal extremo padecido por el niño". El fallo, que les prohíbe ejercer cualquier actividad sanitaria durante dos años, las condena también a pagar una indemnización de 1.048.544 euros, parte de la cual se abonará en forma de pensión vitalicia al niño.
Se fueron juntas a comer
Los hechos sucedieron el 27 de noviembre de 1999 en el Hospital Clínico de Valencia, donde la madre había ingresado el día anterior para dar a luz. Sobre las 14.00, se produjo un "prolapso del cordón" (salida del cordón umbilical a través del cuello uterino antes de la salida fetal), por lo que la ginecóloga decidió practicar una cesárea de urgencia. Para ello, trasladó a la paciente al quirófano de urgencias en el ascensor y, mientras tanto, la matrona no cesó en introducir la mano en su vagina para sostener la cabeza del feto y evitar que el prolapso causara la disminución del flujo sanguíneo.
Al llegar al quirófano, lo encontraron "cerrado y apagado" y sin el instrumental quirúrgico preparado. Eran las 14.15, y los médicos y anestesistas lo tenían todo dispuesto para comenzar, pero faltaban las cuatro enfermeras. La ginecóloga pudo comenzar la intervención a las 14.21, después de que un celador le consiguiera un bisturí que ni siquiera era el apropiado para la incisión, relata la sentencia.
Este retraso, "determinante" según el tribunal, hizo que el niño naciera con parálisis cerebral. Las enfermeras, en su recurso, responsabilizan de lo ocurrido a la ginecóloga, que "tan sólo" era una médico residente "sin capacidad para hacer frente a la situación". Al respecto, la sentencia afirma que la ginecóloga "hizo cuanto tenía que hacer", y el hecho de que fuera residente "no implica imprudencia" en su actuación.
¿Qué os parece la noticia?. A mí me plantea algunas dudas, por ejemplo; siendo un hospital de primer nivel por qué no se movilizó a enfermeras de otros servicios o de cirugía sí tanta urgencia corria el caso?. En otras fuentes que he consultado se cita el hecho que las enfermeras no estaban localizables (no fueron a comer con busca) y formaban la plantilla del quirófano de urgencias ¿que pasa con aquello de rotar en los desayunos y las comidas?.
Sí me permitís ironizar con el caso, es la primera sentencia (o artículo legal ) que veo, en la que se considera "imprescindible" la presencia de enfermería en un acto médico.
Sentencia ejemplar sin duda, porque con 2 años de condena aunque no tengas antecedentes no te libras de pasar por mi empresa....
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