miércoles, 9 de febrero de 2022

Baremo de Méritos en la Oposición de Enfermería del 2019 en el SAS (Andalucía)

 Si quieres trabajar de manera fija en el Servicio Andaluz de Salud (SAS) como enfermera, tendrás que presentarte a las próximas oposiciones de enfermería.

Una OEP (Oferta de Empleo Pública) u OPE (Oferta Pública de Empleo) está formada por una fase de oposición en la que tendrás que realizar un examen y de otra fase de concurso, en la que deberás presentar los méritos que has conseguido durante tu vida profesional.

Es muy importante que tengas claros los méritos que puntúan y su valor para poder marcar una estrategia en su obtención. Por ejemplo, de nada sirve que te dediques solo a realizar cursos de formación continuada, porque una vez llegues al tope de puntuación, el resto de los cursos no serán valorados. De esta manera, podrías dedicar tu esfuerzo y dinero a realizar otro tipo de actividades que te otorguen mayores beneficios.

En SalusPlay sabemos que es difícil comprender toda la información publicada en el BOJA sobre las bases de la OPE SAS enfermería, y por eso te lo resumimos en este post.

Sistema de Puntos en la categoría ENFERMERA en el SAS

Tras analizar las bases específicas de las Oposiciones de Enfermería en el SAS, hemos resumido los méritos de la OPE del 2019 para que obtengas tu plaza como enfermera en la siguiente oposición del Servicio Andaluz de Salud.

         Resumen                                  

Aspectos a tener en cuenta

Puntuación máxima: 100 puntos.

  • Tiempo trabajado: 40 puntos
  • Formación continuada, docencia, congresos y artículos de investigación: 42 puntos
  • Formación especializada en ciencias de la salud: 7 puntos.
  • Actividades y proyectos de investigación: 3 puntos.
  • Es necesario tener 11 años y 2 meses trabajados para obtener los 40 puntos de experiencia profesional.
  • Con un Máster Oficial se obtendrán 4 puntos y con un Máster propio 3 puntos.
  • La máxima puntuación por Créditos CFC (42 puntos) se obtendrá al lograr 280 CFC.

Resumen del Baremo de Méritos de la Oposición de Enfermería del 2021 del SAS

Los méritos valorados en la oposición de enfermería del 2021 del SAS se dividieron en las siguientes categorías:

1.Experiencia profesional

2.Formación académica

3.Formación especializada en ciencias de la salud

4.Actividades y proyectos de investigación

5.Formación continuada, docencia impartida en actividades de formación, actividades de difusión del conocimiento e implicación en el desarrollo organizativo.

Experiencia Profesional: Máximo 40 puntos.

Servicios prestados en centros Sanitarios. Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría y especialidad:

  •  En centros sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario Público de Andalucía o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa, agencia pública empresarial o cualquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública admitida en derecho: 0,30 puntos/mes.
  • En centros sanitarios públicos de países no integrados en la Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa, agencia pública empresarial o cualesquiera otras entidades de naturaleza o titularidad pública admitida en derecho: 0,025 puntos/mes.
  • En centros hospitalarios privados adscritos al Servicio Nacional de Salud en virtud de un convenio singular, debidamente justificado documentalmente: 0,10 puntos/mes.
  • En centros sanitarios de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la seguridad social o mutuas Patronales; 0,10 puntos/mes.

Servicios prestados en centros Sanitarios. Por cada mes de servicios prestados, en categoría o especialidad distinta a la que concursa, en:

  • En centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud y del Sistema Sanitario Público de Andalucía y sus centros integrados o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa, agencia pública empresarial o cualesquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública admitida en derecho en puestos o categorías que tengan la consideración clasificación funcional de puesto básico cuyo requisito de acceso de titulación y especialidad sea idéntico: 0,30 puntos/mes.
  • En centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud y del Sistema Sanitario Público de Andalucía y sus centros integrados o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa, agencia pública empresarial o cualesquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública admitida en derecho en puestos o categorías que tengan la consideración clasificación funcional de puesto directivo o cargo intermedio si se concursa para la categoría y especialidad desde la que se accedió a dicha situación: 0,30 puntos/mes.
  • En centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud y del Sistema Sanitario Público de Andalucía y sus centros integrados o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa, agencia pública empresarial o cualesquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública admitida en derecho en puestos o categorías sanitarias pertenecientes al mismo grupo de clasificación estatutaria, distintas a la de convocatoria en diferente especialidad y cuyo requisito de acceso titulación universitaria de grado/ sea idéntico: 0,20 puntos.
  • En centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud y del Sistema Sanitario Público de Andalucía y sus centros integrados o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa, agencia pública empresarial o cualesquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública admitida en derecho en puestos o categorías que no se encuentren comprendidos en los apartados anteriores: 0,10 puntos.

Servicios prestados en centros no sanitarios del sector público.

  • En centros no sanitarios de la Administración Pública o del sector público en categoría, cuerpo/especialidad, o grupo/categoría homólogos o puestos que supongan el desarrollo de tareas de contenido similar: 0,15 puntos.
  • En el Ministerio competente en materia de Sanidad, Consejerías competentes en materia de Salud o del Servicio de Salud de las Comunidades Autónomas desempeñando un puesto de los incluidos en las Relaciones de las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) o en puesto de libre designación (PLD) con nombramiento publicado en el correspondiente Boletín Oficial, o en puesto que tenga la consideración de alto cargo, si se concursa para la categoría y especialidad desde la que se accedió a dicha situación: 0,25 puntos.

Servicios prestados en proyectos o programas de cooperación internacional. Máximo 7,2 puntos:

  • En proyectos o programas de cooperación internacional del Gobierno de España, de las Comunidades Autónomas o de la Unión Europea. con plaza o puesto base en centros e instituciones con gestión y provisión pública que participa en programas de carácter asistencial, prestando servicios propios de la en la misma categoría y especialidad a la que se concursa, en virtud de convenios o acuerdos de asistencia sanitaria organizados o autorizados por la Administración Pública: 0,30 puntos mes.
  • En proyectos o programas de cooperación internacional cuando se trate de personal que participa como cooperante en el campo sanitario mediante relación contractual en la misma categoría y especialidad a la que se concursa, como voluntario o cooperante: 0,10 puntos.

Servicios prestados en proyectos en contratos investigación o en subprogramas de y movilidad. Máximo 7,2 puntos:

  • En contratos investigación promovidos mediante convocatoria pública por el Gobierno de España, de las Comunidades Autónomas o de la Unión Europea para la para la contratación laboral de personal investigador, Juan Rodés, Río Hortega, Sara Borrell, Miguel Servet, Nicolas Monarde, Maria Castellano y los derivados de convocatorias para la incorporación de investigadores posdoctorales a grupos de los centros sanitarios y de investigación del SNS 0,30 puntos mes.
  • Estancias en centros extranjeros o nacionales adjudicadas como acciones de ampliación de estudios o similar, concedidas por el Instituto de Salud Carlos III, por convocatorias de ayudas a acciones de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación en acciones de Salud convocadas por los órganos de gobierno de la Unión Europeas, del Reino de España o de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de Sanidad, Ciencia, Tecnología e investigación: 0,30 puntos mes.

Formación continuada, docencia impartida en actividades de formación, actividades de difusión del conocimiento e implicación en el desarrollo organizativo. Máximo 42 puntos:

Formación continuada. Máximo 42 puntos:

Se podrá valorar como como discente hasta un máximo 525 horas anuales.

1. Por la asistencia, debidamente justificada, a actividades formativas acreditadas

por alguno de los órganos acreditadores que integran el sistema de acreditación de la

FORMACIÓN CONTINUADA en el Sistema Nacional de Salud que tengan reconocida por la

Comisión de Recursos Humanos del SNS la equivalencia con los mismos, y que guarde

una relación directa y proporcionada a las exigencias de los puestos de trabajo propios

de la categoría y en su caso especialidad a la que se concursa.

  • Por crédito CFC: 0,15 puntos.
  • Aquellos créditos que haya sido realizados en los dos últimos años, tomando como referencia la fecha de publicación de la convocatoria tendrán, hasta un máximo de 2 puntos, una puntuación adicional de 0,05 puntos.

2. Por la superación de actividades formativas que hayan sido organizadas e impartidas por las UNIVERSIDADES españolas o de los países miembros de la Unión Europea con la condición de título propio (máster universitario, experto universitario, especialista universitario), en el ámbito de las Ciencias de la Salud.

  • Máster propio: 3 puntos.
  • Título Propio de Diploma de Especialización, Experto Universitario, Especialista Universitario o equivalente:
    • Con un número superior a 20 créditos ECTS (o su equivalente en horas): 2 puntos.
    • Con un número inferior a 20 créditos ECTS (o su equivalente en horas): 1,50 puntos.
  • Por cada actividad de formación como discente en actividades de formación continuada bajo la denominación de cursos, diplomas o certificaciones de extensión universitaria, programas de desarrollo profesional y personal o equivalente:
    • Con un número igual o superior a 15 créditos ECTS (o su equivalente en horas): 1,5 puntos.
    • Con un número inferior a 15 créditos ECTS (o su equivalente en horas): por cada crédito 0,10 puntos.

3. Estancias formativas.

Por cada mes de estancia formativa reglada, tras la obtención del título de especialista,

en un centro sanitario público distinto de aquel en el que presta servicios: 0,15 puntos.

Actividades docentes impartidas. Máximo 4 puntos:

1. Docencia impartida en los programas de formación sanitaria especializada.

Por la docencia, debidamente justificada, como tutor/a de residentes de formación

sanitaria especializada, con nombramiento al efecto, en Centros Sanitarios del Sistema

Nacional de Salud, Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades y

otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la

formación sanitaria Especializada.

  • Por cada año como tutor/a con nombramiento al efecto y con residentes a cargo en cualquiera de los años de formación para residentes de la categoría/especialidad a la que se concursa: 0,30 puntos/año o la parte proporcional.
  • Por cada año como tutor/a colaborador con nombramiento al efecto y con residentes a cargo en cualquiera de los años de formación para residentes de la categoría/ especialidad distinta que se concursa: 0,15 puntos/año o la parte proporcional.
  • Por cada año como Jefe/a de estudios de formación sanitaria especializada 0,50 puntos/año o la parte proporcional.

Estos apartados son excluyentes entre sí.

2. Docencia universitaria impartida en el ámbito de las Ciencias de la Salud.

  • Por cada curso académico con nombramiento al efecto como como tutor/a clínico/a, con estudiantes de grado a cargo en cualquiera de los años de formación en Centros Sanitarios del Sistema Nacional de Salud, en Centros Sanitarios del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios: 0,15 puntos.
  • Por cada curso académico con nombramiento al efecto como de Profesor/a Asociado/a en Ciencias de la Salud en la categoría/especialidad a la que se opta impartidos en Centros Sanitarios del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la formación sanitaria Especializada. 0,25 puntos.
  • Por cada hora de docencia impartida como colaboraciones académicas, impartidas por profesionales en activo externos a la Universidad, que por su especial cualificación contribuyen a la docencia en centros universitarios desarrollando actividades correspondientes a su cualificación en centros universitarios en Grados y Master Oficiales en el ámbito de las ciencias de la salud, y hasta un máximo de 0,25 puntos por actividad: 0,010 puntos.

3. Docencia impartida en actividades de formacion continuada.

Docencia en cursos de formación continuada, que guarde una relación directa con las

exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad a la

que se concursa.

  • Por cada hora y hasta un máximo de 0,25 puntos por actividad: 0,010 puntos

Actividades de difusión del conocimiento en congresos científicos.

Se valorarán las ponencias y comunicaciones científicas presentadas en congresos

de carácter científico organizadas por Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito estatal

o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito específico de las

profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente reconocidas por el Ministerio

competente en la materia, e incluidas en el Consejo General de Especialidades y

representativas de las mismas.

Este mérito se acreditará mediante la presentación del de la certificación o diploma

de la sociedad científica organizadora en el que se especifique la denominación de esta y

en la que conste el título de la comunicación, poster o ponencia, la relación de autores de

esta y si se trata de una comunicación oral o un poster con defensa oral.

El tribunal solo podrá tomar en consideración las ponencias y comunicaciones

orales y los posters con defensa oral y siempre que guarde una relación directa con las

funciones de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad a

la que se concursa, o que se encuentre relacionada con algún proyecto de investigación

con financiación competitiva obtenida en convocatorias promovidas por los órganos de gobierno de la Unión Europeas, del Reino de España o de las Comunidades Autónomas

con competencias en materia de Sanidad, Ciencia, Tecnología e investigación en que

participa.

Para un mismo autor/a no podrán valorarse en un año natural más de tres ponencias

o comunicaciones en congresos científicos.

La puntuación de estas actividades se realizará aplicando los siguientes criterios:

  • Ponencia o comunicación oral en un congreso científico organizado por una sociedad científica de carácter regional: 0,015 puntos.
  • Ponencia o comunicación oral en un congreso científico organizado por una sociedad científica de carácter nacional o internacional: 0,03 puntos.
  • Póster con defensa oral en un congreso científico organizado por una sociedad científica de carácter regional: 0,009 puntos.
  • Póster con defensa oral en un congreso científico organizado por una sociedad científica de carácter nacional o internacional: 0,015 puntos.

Implicación en el desarrollo organizativo. Máximo 1 punto:

Participación en las Comisiones Clínicas, de Docencia, de Formación Continuada

y Comisiones Técnicas o Asesoras constituidas en los centros sanitarios públicos o en

los servicios centrales u órganos equivalentes de los Servicios de Salud, Consejerías/

Ministerios competentes en materia de Sanidad, u Organismos Internacionales Públicos

o intergubernamentales que gestionan políticas de acción sanitaria, formalmente

constituidas y certificadas por la dirección del Centro: 0,15 puntos/año.

Solo podrán valorarse aquellas comisiones o comités formalmente constituidas

y aprobadas por el órgano de dirección competente de acuerdo con la normativa

de aplicación cuando se trate de Comisiones o Comités Centrales cuyo ámbito de

actuación sea el conjunto del centro directivo que certifique y cuyo campo de actividad se

corresponda con alguno de los siguientes:

  • Dietética y Nutrición.
  • Docencia.
  • Ética asistencial.
  • Ética de la investigación.
  • Farmacia y terapéutica.
  • Formación Continuada.
  • Garantía de calidad.
  • Historias clínicas y protección de datos clínicos.
  • Infección Hospitalaria.
  • Investigación.
  • Mortalidad, tejidos y tumores.
  • Prevención del tabaquismo.
  • Salud Pública.
  • Seguridad del Paciente y Gestión de Riesgos.
  • Tecnología y adecuación de medios diagnósticos y terapéuticos.
  • Transfusiones.
  • Trasplantes.
  • Urgencias y Catástrofes.
  • Violencia de Genero.

Formación Académica. Máximo 8 puntos:

Expediente académico correspondiente a la Titulación universitaria exigida como requisito de acceso:

Se valorará, hasta un máximo de 2 puntos, el expediente académico correspondiente a la titulación alegada para acceder al Cuerpo y opción a que se aspira.

Otras titulaciones universitarias distintas a la exigida:

  • Otra/s Titulación/es Universitaria/s Oficial/es de igual o superior nivel académico en el ámbito de las ciencias de la salud, diferente a la exigida como requisito de acceso, que guarde una relación directa con las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad a la que se concursa: 3 puntos por cada titulación.
  • Por cada máster universitario oficial (Espacio Europeo de Educación Superior, EEES) en el ámbito de las ciencias de la salud, que guarde una relación directa con las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad a la que se concursa y que se encuentre debidamente acreditado e inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT): 4 puntos.

Doctorado.

  • Por la realización de todos los cursos de doctorado o por la obtención del diploma de estudios avanzados (DEA): 4 puntos.
  • Por título de Doctor/a, con la mención «cum laude» o sobresaliente en el ámbito de las ciencias de la salud: 8 puntos.
  • Por título de Doctor/a, sin la mención «cum laude» o sobresaliente en el ámbito de las ciencias de la salud: 7 puntos. 

Estos apartados son excluyentes entre sí.

Formación Especializada en Ciencias de la Salud. Máximo 7 puntos:

Título de Enfermera Especialista en Ciencias de la Salud

  • Por haber completado el período como residente del programa EIR: 5 puntos.
  • Por haber obtenido por vía de acceso excepcional regulada en el Real Decreto 450/2005: 2 puntos.

Actividades y proyectos de investigación. Máximo 3 puntos:

Publicaciones científicas.

Publicaciones en revistas de carácter científico indexadas en la base de datos

especializadas Web of Science (Wos) o SCOPUS.

Se valorarán los Artículos científicos (original, original breve, revisión, revisión

sistemática, meta-análisis y guías de práctica clínica) publicados en revistas con factor

de impacto del Journal Citation Report (JCR) o Scimago Journal Range (SJR) de acuerdo

con los siguientes criterios:

  • Incluido en el primer cuartil (Q1) 0,80 puntos
  • Incluido en el segundo cuartil (Q2) 0,65 puntos
  • Incluido en el tercer cuartil (Q3): 0,50 puntos
  • Incluido en el cuarto cuartil (Q4): 0,40 puntos

De acuerdo con las posiciones de autoría se multiplicará por los siguientes factores correctores:

  • Con el 100% de la puntuación, el primer autor/a, el segundo autor/a y el último autor/a o el autor/a de correspondencia.
  • Con el 50% de la puntuación, el resto de las posiciones de autoría no incluidos en el apartado anterior.

No serán objeto de valoración las notas clínicas, resúmenes de comunicaciones y casos clínicos.

Proyectos de investigación.

Por cada participación en proyectos de investigación con financiación competitiva

obtenida en convocatorias promovidas por los órganos de gobierno de la Unión Europea,

del Reino de España o de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de

Sanidad, Ciencia, Tecnología e Investigación. Se puntuarán de acuerdo con los siguientes

criterios:

  • Como investigador en proyectos de carácter internacional financiado por la UE:
    • La participación como investigador/a principal: 2 puntos.
    • La participación como investigador/a colaborador/a: 1 punto.
  • Como investigador en proyectos de carácter nacional o autonómico financiado por el gobierno de España o de las CC.AA.:
    • La participación como investigador/a principal: 1 punto.
    • La participación como investigador/a colaborador/a: 0,50 puntos.
  • **vía salusplay

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