miércoles, 11 de julio de 2012

El copago sanitario

Desde el 1 de julio se aplica el ‘copago’ farmacéutico en España en función de la renta, una de las medidas incluidas en el real decreto-ley aprobado por el Gobierno para lograr un ahorro sanitario de 7.000 millones de euros.
El Ejecutivo ha adoptado esta decisión ante el grave endeudamiento de la Sanidad pública, cifrado en 16.000 millones de euros, y la situación de crisis económica que atraviesa España, con el fin de garantizar la viabilidad del sistema para que siga siendo universal, público, gratuito y de calidad.
La aportación de los ciudadanos a la hora de adquirir los medicamentos subvencionados por el Sistema Nacional de Salud, que por primera vez tendrán que pagar los pensionistas en España, suscita algunas de estas preguntas entre los usuarios:

- ¿En qué cambiará el modelo actual?
En la actualidad todos los ciudadanos que no son pensionistas pagan el 40 por ciento del precio del medicamento, excepto los enfermos crónicos que abonan un 10 por ciento y los funcionarios pertenecientes a Muface, tanto en activo como jubilados, que aportan un 30 por ciento.
Desde el 1 de julio, los niveles de aportación en el pago de los fármacos se establecen en función de la renta y estos se actualizarán como máximo anualmente.
- ¿Qué objetivo tiene esta nueva forma de ‘copago’?
El Ministerio de Sanidad asegura que se trata de una “medida disuasoria” para frenar el exceso de consumo de medicamentos existente en España, al tiempo que resulta más equitativa y justa, por tener en cuenta la situación económica de los ciudadanos.
- ¿Cómo calcula el Gobierno mi nivel de renta?
A través de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año anterior.
- ¿Cómo saben los farmacéuticos cuánto debo pagar?
Las recetas se adaptan a los nuevos porcentajes de participación mediante unos códigos -desde el 001 hasta el 006- que figuran impresos en la parte superior derecha de las mismas.
- ¿Cómo afecta la reforma a los pensionistas?
Si es un pensionista con una pensión no contributiva o tiene una renta mínima de inserción, no tendrá que pagar nada por sus medicamentos.
Si gana menos de 18.000 euros al año, pagará un 10 por ciento del precio de las medicinas, hasta un máximo de 8 euros al mes. Si gana más de 18.000 euros, el máximo será de 18 euros al mes.
Sólo los pensionistas con rentas superiores a 100.000 euros, abonarán el 60 por ciento de las medicinas, hasta un límite de 60 euros al mes.
- ¿Qué pasa si se superan estos máximos?
Cuando se superen estos topes, la diferencia será reintegrada por la comunidad autónoma en la que resida el paciente en un periodo máximo de seis meses.
- ¿Cómo se les va a reembolsar esa cantidad?
Cada comunidad autónoma ha establecido diferentes sistemas y, de momento, no hay un criterio común para el conjunto del Estado. El Consejo Interterritorial de Salud plantea que cada dos o tres meses se haga el reembolso mediante trasferencia a la cuenta donde el jubilado cobre habitualmente su pensión.
También se estudia la decisión de comunidades como Andalucía y Comunitat Valenciana que, para evitar que el pensionista aporte más de lo estipulado por el decreto, implantan un sistema de alerta en las farmacias que indique que el paciente ha superado los topes.
En el caso de los pensionistas polimedicados, se quiere fijar un techo para que la cuantía que adelanten no exceda en mucho el tope de los 18 euros mensuales.
- ¿Afecta la reforma a los trabajadores?
Si tienen una renta anual inferior a los 18.000 euros, pagarán lo mismo que hasta ahora, el 40 por ciento de los medicamentos. Si es superior a 18.000 euros, pero inferior a los 100.000 euros, aportarán el 50 por ciento, y si ingresa más de esa cantidad al año abonará el 60 por ciento de sus medicamentos.
- ¿Cuál será la aportación de los funcionarios?
La aportación de los funcionarios, los militares y el personal al servicio de la administración de justicia será del 30 por ciento.
- ¿Qué pasa si se está en el paro?
Por primera vez, si percibe una renta mínima de inserción o ya no recibe ninguna prestación por desempleo, ya no tendrá que pagar por los medicamentos.
- ¿Qué colectivos están exentos del ‘copago’?
Las personas con rentas no contributivas, los parados de larga duración sin prestación, los perceptores de rentas de integración social, personas con discapacidad y afectados del síndrome tóxico, además de aquellos que sigan un tratamiento derivado de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional.

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